
*El expediente entre los empresarios Castilla Roche y Ponce García llega al punto de no retorno
*El caso está bajo seguimiento de la Presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, la SCJN y la CNDH
De la redacción
A horas de que el Tribunal Colegiado Primero de Enjuiciamiento emita su resolución —lunes 18 de agosto, 17:00 horas—, el expediente entre los empresarios Castilla Roche y Ponce García llega al punto de no retorno. No es un asunto local: el desenlace podría irradiar a todo el país al poner a prueba cómo se aplican la prescripción penal, la validez de un poder notarial y el peso real de testimonios sin sustento material.
Qué está en juego en Yucatán Más que un pleito entre particulares, aquí se decide si la justicia hace valer reglas básicas: no se puede perseguir un caso fuera de tiempo, no se puede desconocer un poder notarial vigente y no se puede condenar con dichos que no están respaldados por pruebas y con contradicciones claras. Si el tribunal sostiene esos principios, dejará un precedente que refuerce la seguridad jurídica para todos los Yucatecos y Mexicanos.
El reloj legal del caso.
La cronología asentada en el expediente es contundente: la primera denuncia se presentó en Quintana Roo el 18 de septiembre de 2013; la querella en Yucatán ingresó el 15 de junio de 2015. Para entonces, el plazo de un año había vencido el 18 de septiembre de 2014.
Un poder vigente y Testimonios bajo la lupa Otro punto vertebral es el poder para actos de dominio (2004) que amparó las operaciones controvertidas.
En audiencia, los dichos de cargo quedaron atravesados por contradicciones y carencia de respaldo documental o material. Con ese panorama, el estándar para desvirtuar la presunción de inocencia se vuelve más exigente: el tribunal deberá explicar si las declaraciones, por sí solas, satisfacen el umbral probatorio o si resultan insuficientes.
Un expediente ganado en otro estado en 3 instancias
Hechos a la vista del Tribunal
Un resultado con impacto mas allá de Yucatán Si el tribunal reconoce la prescripción conforme a derecho y pondera la validez del poder junto con la insuficiencia de prueba material, enviará un mensaje de seguridad jurídica y previsibilidad. Si, por el contrario, minimiza esos elementos sin argumentación sólida, se abrirá paso a impugnaciones y a un debate nacional sobre debido proceso y estándares probatorios.
Con el cierre del debate probatorio y la deliberación inminente, lo que hoy decida el colegiado no solo resolverá un litigio entre dos empresarios; también dirá qué tan firmes son las reglas que protegen a cualquier ciudadano frente a procesos fuera de tiempo, mandatos notariales desconocidos y pruebas endebles. Ese es, en rigor, el alcance nacional del veredicto que está por conocerse.
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